¿Qué es el litigio de valores?

Los valores son los instrumentos financieros de las corporaciones ofrecidas para la venta al público. El litigio de valores se refiere a las demandas presentadas por los inversores contra un emisor de una seguridad, por fraude en relación con su compra o venta. La mayoría de los casos de litigios de valores en los Estados Unidos se presentan típicamente bajo las disposiciones de la Ley de Valores de 1933 (33 Ley) o las amplias disposiciones anti-fraude de la Regla 10B-5 de la Ley de Intercambio de Valores de 1934 (34 Ley). Dado que la Regla 10B-5 es una regulación omnibus, casi todas las demandas de fraude de valores presentadas contienen una solicitud de alivio de conformidad con sus disposiciones expresas.

Las disposiciones más importantes de la Ley 33 son los requisitos de divulgación obligatorios que impone a los emisores corporativos de valores. Según él, los valores ofrecidos para la venta al público deben estar registrados en la Comisión de Bolsa y Valores (SEC), o calificar para una de las exenciones disponibles de los requisitos de registro. Se requieren emisoresPara presentar una declaración de registro integral que brinde a los inversores información suficiente y detallada sobre la empresa, así como los riesgos concomitantes del negocio subyacente y los valores particulares que se ofrecen a la venta. La aprobación de la declaración de registro de la SEC no es un respaldo de los méritos de la oferta.

El deber de un emisor de valores de revelar hechos materiales relacionados con su negocio al público es continuo. Las empresas cuyos valores figuran y comercian en uno de los intercambios deben presentar informes trimestrales actualizados con la SEC. Estos deben incluir estados financieros auditados actuales, así como una divulgación pertinente relacionada con cualquier cambio significativo en el negocio. La Ley 33 proporciona un derecho de acción privado por fraude contra un emisor que no revela hechos materiales en relación con la oferta pública inicial de valores,o no puede revelar información de material adverso cuando el comercio de valores en el mercado secundario.

El estándar legal para la materialidad en el litigio de valores es información que una persona razonable necesitaría para tomar una decisión de inversión informada. La mayoría de las acciones de litigio de valores surgen de las acusaciones de que el emisor de nuevos valores no pudo revelar adecuadamente los hechos materiales sobre la oferta en la declaración de registro. Los emisores también pueden ser responsables del fraude de valores si no cumplen con el deber continuo de divulgar información pública adversa sobre el negocio de manera oportuna.

La Ley 34 regula las actividades de corredores o distribuidores que venden valores al público. Sin embargo, basado en un fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos de 1987, los clientes públicos cuyos acuerdos de cuenta de corretaje incluyen una cláusula de arbitraje obligatoria previa a dispersión deben resolver disputas con sus corredores a través del arbitraje. Por lo tanto, aunque la Ley 34 proporcionaRemedios Para los inversores defraudados por sus corredores, los clientes públicos están impedidos de presentar una acción por fraude de valores en la corte.

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